El Adicional Decreto 1606/17 de $2.000 debe ser abonado a TODOS los docentes de Escuelas Privadas Incorporadas a la Enseñanza Oficial con los haberes del mes de Septiembre.
– Corresponde por equiparación salarial. Ley Provincial de Educación Privada 0695 y la Ley de Educación Nacional 26.206.
– Lo deben abonar todas las escuelas privadas reciban o no aportes del Estado.
– Es suma extraordinaria No remunerativa y No bonificable.
– Se abona como suma máxima por agente.
– Nivel Inicial y Primario: Es proporcional al cargo de 25 hs.
En los cargos donde se posea menor carga horaria pero igual o mayor cantidad de puntos que el cargo testigo, recibirán el cargo equivalente a 25 hs.
– Nivel Medio: cargo de 18 hs cátedras se aplica una décima octava parte para la hora cátedra.