• Se otorga una bonificación especial, por única vez, de pesos tres mil seiscientos ($3.600.-) de bolsillo, de carácter remunerativo no bonificable, pagaderos con planilla complementaria en la segunda quincena del mes de marzo de 2016 para el cargo testigo de veinticinco (25) horas y para su equivalente de 18 hs cátedra.
A partir del 1° de Marzo de 2016:
• El valor punto modifica su valor pasando su valor de $ 3,6755 a $ 4,1901
• Se Incrementa el adicional remunerativo bonificable establecido en el Decreto 233/15 de $1.336 a $1.786
• Se Incrementa el FONID de pesos quinientos cincuenta ($550) a la suma de pesos novecientos diez ($910), de bolsillo, con carácter remunerativo.
A partir del 1° de Julio de 2016:
• El valor punto modifica su valor pasando su valor de 4,1901 a 4,5944
• Se Incrementa el adicional remunerativo bonificable establecido en el Decreto 233/15 de $1.786 a $1.836
• Se otorga un adicional remunerativo, de bolsillo, no bonificable de pesos cien ($ 100), para las categorías iniciales (hasta 4 años de antigüedad inclusive).
A partir del 1° de Agosto de 2016:
• Se Incrementa el FONID de pesos novecientos diez ($910) a la suma de pesos mil doscientos diez ($1210), de bolsillo, con carácter remunerativo.
Para una mejor lectura adjuntamos las grillas salariales, conformadas con las modificaciones pertinentes y los descuentos correspondientes a la educación privada.
Este aumento acordado por el gremio estatal ATEN y el gobierno provincial debe ser aplicado a los salarios de los docentes de los establecimientos educativos privados a partir del l 1 de Marzo de 2016.
Es decir, los salarios a percibir en los primeros días de Abril/2016, deberán venir con el incremento respectivo siempre de acuerdo con la antigüedad y el tipo de cargo y/o horas trabajadas.
Hacemos especial hincapié en que la “Bonificación Especial” de $ 3.600, debe ser abonada en mismo tiempo y forma que los compañeros que trabajan en las escuelas públicas mediante planilla y recibo complementario el 23 de marzo de 2016.
El mismo debe ser abonado sin excepción y en su totalidad a todos los docentes, por lo que la falta de pago del mismo pone en mora automática a los empleadores, pudiendo ser exigido formalmente por los trabajadores.