Grillas correspondientes a los haberes del mes de abril, primer tramo de la actualización salarial establecida por el Acta paritaria firmada el 28 de marzo del 2024.
Algunas aclaraciones en torno a la forma en la que se da la recomposición y cómo se liquidan:
- El IPC ponderado de febrero-marzo dio un 25,67%
- Esta variable se aplica a TODO el salario, no sólo al valor punto, repercutiendo en todos los ítems.
- El adicional zona se modifica en las escuelas del grupo C (pasa del 35% al 40%)y las del D (del 70 al 80%). Las instituciones del grupo B (20%) se mantienen igual.
- Por esta misma razón, se modifican, tanto en su nombre como en su forma, diversos componentes del salario, a saber
- El anterior Adicional Remunerativo y Bonificable Dto. 233/15, que representaba un monto común a todo y toda trabajadora, indistinta sea su antigüedad, pasa a denominarse Adicional Remunerativo Bonificable Estado Docente. Esta modificación implica un cambio en la escala y la continuidad de su actualización por IPC
- El FONID y su complemento, montos fijos establecidos por la Paritaria Nacional, se actualizarán también por IPC, resultando en un nuevo ítem al que denominamos IPC sobre Ítems Fonid Parit. 2024
- El ítem Conectividad Nacional, acordado en Paritaria Nacional, se actualizará también por IPC, sumándose al nuevo Conectividad Provincial (que se liquida de la misma manera que el FONID; es decir, cada 15hs cátedra de secundaria, 12hs para nivel superior, o cargo testigo de entre 20 y 30hs; tope máximo doble Conectividad Provincial), que también se recompone por la misma variable.
- El Adicional Art. 5 del Dto. 335/16, se modifica en sus valores iniciales, actualizándose por IPC.
- La antigüedad de inicio pasa del 15 al 20%.
- Si bien el Acta Paritaria estableció valores para el Dto. 233 y el Dto. 335, estos son montos vigentes a partir del 1ero de abril, por lo que corresponde su actualización por IPC de febrero-marzo, tal como muestran las grillas.
Por todo lo expuesto es que se concluye que la recomposición de los haberes del mes de abril ronda el 39% final.
Las próximas recomposiciones salariales se darán en los meses,
- Con los haberes de julio, a abonar en agosto (trimestre abril, mayo, junio)
- Con los haberes de octubre, a abonar en noviembre (trimestre julio, agosto, septiembre)
- Con los haberes de enero 2025, a abonar en febrero 2025 (trimestre octubre, noviembre, diciembre 2024)
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